Empodérate de la información y conoce la normativa legal en sentir social En tus procesos cada paso cuenta Justicia y servicio es nuestro compromiso Servicios con empatía Donde otros ven un caso, nosotros vemos una persona Compromiso social Más que asesorar, acompañamos Justicia con sentido humano Cercanos a tu realidad Igualdad en cada acción Escuchar, actuar, transformar Construyendo confianza y justicia
Empodérate de la información y conoce la normativa legal en sentir social En tus procesos cada paso cuenta Justicia y servicio es nuestro compromiso Servicios con empatía Donde otros ven un caso, nosotros vemos una persona Compromiso social Más que asesorar, acompañamos Justicia con sentido humano Cercanos a tu realidad Igualdad en cada acción Escuchar, actuar, transformar Construyendo confianza y justicia

Soy Evelyn Carrillo Vallejos, Trabajadora Social y fundadora de Sentir Social

Tengo más de 16 años de experiencia trabajando en el área social y desarrollando peritajes judiciales en distintas áreas del derecho. 

Soy Perito Social Forense de todas las Cortes de Apelaciones del país y de la Fiscalía de Chile. Además ejerzo como Mediadora Familiar en la provincia de Concepción.

Creo en una atención profesional, cercana y empática, en donde lo más importante eres tú y tus procesos.

Formación especializada en:

Justicia penal y familia
Derechos humanos
Psicología pericial
Mediación
Desarrollo de negocios

Acreditada en:

SIEPP, RNR, RSVP, IGI

Servicios integrales para acompañarte en cada proceso

Mediación Familiar (Online y Presencial)

  • Pensión de alimentos (fijación, aumento, rebaja, cese)
  • Relación directa y regular (visitas)
  • Cuidado personal (tuición)
  • Acuerdos voluntarios: tratamiento, crianza, adulto mayor, repactación deuda de pensión.
  • Comunas: Concepción, San Pedro de la Paz, Chiguayante, Penco, Hualqui, Coronel, Lota.
  • Duración: 1 hora por sesión

Peritajes Sociales

  • Derecho de familia, civil, penal y penitenciario
  • Informes y Peritajes: Socioeconómicos, competencias parentales, daño social, negligencias médicas, víctimas de delitos. Comisión de delitos: arraigo social, riesgo de reincidencia, riesgo de violencia sexual, pena mixta, rechazo LICO e informe para traslado de Unidad Penal.
  • Entrevistas, visitas domiciliarias, análisis de contexto social y comunitario.
  • Elaboración y ratificación del informe en juicio.

Peritajes Psicosociales

Realizados en conjunto con Psicóloga Forense para causas en:

  • Derecho de familia
  • Derecho civil
  • Derecho penal / penitenciario
  • Derecho laboral

Incluye: Evaluación psicológica y social con enfoque interdisciplinario.

Asesorías socio jurídicas

  • En mediación familiar, divorcios, medidas de protección, compensación económica
  • Apoyo en retención de fondos, eliminación del registro de deudores, uso de Oficina Virtual PJUD.
  • Eliminación de antecedentes penales.
  • Beneficios intrapenitenciarios y Ley 18.216 modificada.
  • Redacción e ingreso de escritos en plataforma de Poder Judicial

Apoyo a emprendedores

  • Asesoría con enfoque social y estratégico:
  • Modelo de Negocios CANVAS
  • Postulación a fondos (Capital Abeja, Semilla, Fondo Crece)
  • Ganadora de 2 fondos SERCOTEC consecutivos

Relatorías y mentorías

  • Formación ideal para:
  • Estudiantes y profesionales de Trabajo Social
  • Organismos públicos y privados en temáticas socio jurídicas, violencia, reinserción, etc.
  • Organismos públicos y privados en temáticas socio jurídicas.

Nuestra forma de trabajar

Escucha activa y trato respetuoso.
Confidencialidad y enfoque en la persona.
Comunicación clara y sin juicios.
Atención Presencial y online según necesidad.
Enfoque psicosocial, jurídico y comunitario.

Misión:

Acompañar a las personas en sus procesos judiciales o empresariales, con profesionalismo, empatía y enfoque de derechos.

Visión:

Ser referente en servicios sociojurídicos integrales, con ética, calidad y responsabilidad social.

Preguntas frecuentes

¿Estas acreditada en algún tipo de instrumento?

Sí, te menciono algunas de ellas:

  • SIEPP: Sistema de Evaluación Integral de Prácticas Parentales Positivas. Permite evaluar competencias parentales.

  • R.N.R.: Modelo de Riesgo-Necesidad-Responsividad.

  • Evaluación de Riesgo de Reincidencia para personas que han cometido delitos, acreditada en IGI: Inventario para la Gestión de Caso/Intervención.

  • R.S.V.P.: Valorar el riesgo de violencia sexual.

¿Tienes alguna otra capacitación?

Por supuesto, tengo varias.
Te menciono algunas capacitaciones vinculadas al ámbito judicial:

  • Derechos Humanos y Trabajo Penitenciario.

  • Especialización en Justicia Restaurativa y Responsabilidad Penal Juvenil en adolescentes.

  • Instrumentos de Evaluación Familiar en contexto de diagnóstico, evaluación e intervención psicosocial.

  • Especialización en Psicología Pericial Criminal.

  • Peritaje Social: Elaboración y defensa en Tribunales de Familia.

  • Curso en Derecho Laboral, Ley 21.643 “Ley Karin”.
    Entre otras.

¿Cuánto se demora un proceso de mediación?

La sesión dura una hora como máximo. Una vez firmada el acta, se envía al tribunal de familia competente, a la espera de la resolución final. Una vez aprobada, el acta pasa a ser una sentencia ejecutoriada.

¿Cómo termina la mediación?

Si la mediación termina EN ACUERDO, el mediador elabora un acta que debe ser leída y firmada por los participantes. El mediador debe entregar una copia a cada parte y remitirla al tribunal para su aprobación. Una vez aprobada, tendrá valor de una sentencia ejecutoriada.

Si NO HAY ACUERDO, el mediador debe elaborar un acta de término señalando por qué no se llegó a acuerdo. Esta debe, en lo posible, ser firmada por los participantes. El mediador debe entregar copia de ella y remitirla al tribunal.

Esta resulta ser una mediación frustrada, por tanto, tienes entre 3 a 6 meses de plazo para demandar judicialmente en el Tribunal de Familia, dependiendo de cada tribunal.

TEN PRESENTE que LA MEDIACIÓN ES LA INSTANCIA PREVIA para demandar judicialmente en el Tribunal de Familia.

¿Existe un monto mínimo para la pensión de alimentos?

De acuerdo a lo señalado en el artículo 3 de la Ley 14.908:
El monto mínimo de la pensión alimenticia que se decrete a favor de un hijo o hija (alimentario) no podrá ser inferior al 40% del Ingreso Mínimo Mensual.

  • Tratándose de 2 o más hijos o hijas, dicho monto no podrá ser inferior al 30% por cada uno de ellos.

EL TOTAL VARIARÁ DEPENDIENDO DE LAS RENTAS percibidas por el ALIMENTANTE.
La pensión de alimentos también varía según los ingresos y capacidad económica de cada progenitor.

Esto significa que, si uno de los padres tiene un ingreso mayor que el otro, deberá asumir una parte proporcionalmente mayor.
Se establece de acuerdo a la proporción de contribución de los padres respecto a las necesidades de los alimentarios, según capacidad económica.
Por ejemplo: el padre se hará cargo del 60% y la madre del 40% restante.

Recuerda que el alimentante debe aplicar el reajuste de la UTM mensual antes de pagar la pensión de alimentos.

¿Cuáles son los gastos ordinarios?

Se consideran como GASTOS ORDINARIOS los necesarios, previsibles y periódicos. Esta previsibilidad permite cuantificarlos a priori, y por tanto abonarlos por medio de la pensión alimenticia.

Ejemplos: vivienda, alimentación, vestuario, educación, salud (plan de salud de isapre que se mantenga), movilización y recreación. Estos están incluidos en la pensión de alimentos.

¿Dónde se pagan?
En la cuenta de ahorro a la vista destinada exclusivamente para los alimentos. Esta se abre una vez que el tribunal apruebe la mediación. El tribunal informa al BancoEstado.

¿Cuáles son los gastos extraordinarios?

Los GASTOS EXTRAORDINARIOS son aquellos que, resultando necesarios, no son previsibles ni periódicos.

Ejemplos: gastos hospitalarios por accidente, médicos (vacunas), dentales e incluso se pueden acordar gastos extras de colegios no relacionados a uniformes ni útiles escolares.

¿Dónde se pagan?
En la cuenta vista/corriente del padre o madre que incurrió en el gasto total. NUNCA se paga en la cuenta exclusiva de pensión de alimentos.

Para ello, se debe dejar claro en mediación (ambos progenitores): el número de cuenta, correo electrónico y determinar en cuántos días se depositará el gasto.

¿Qué puedo hacer si el otro progenitor no me paga el % acordado por pensión de alimentos y/o gastos extraordinarios de mi hija o hijo?

Debe solicitar el CUMPLIMIENTO A TRAVÉS DEL TRIBUNAL (página del Poder Judicial).

Se debe ingresar un escrito en la causa de cumplimiento (letra Z) solicitando que se pague lo adeudado, lo que previamente debe haber sido informado al otro progenitor.
Por ejemplo: vía correo electrónico, en el que se le anexa la boleta y el comprobante de pago por el gasto realizado.

Apoyo social
servicios a bajo costo

Servicios con tarifas sociales:

Informes ISRA para acreditación de discapacidad en COMPIN.

Informes para tramitar pensión de invalidez en la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones.

Informes sociales para ayudas estudiantiles.

Informe social de exclusión del Servicio Militar.

Apoyo en actualización del Registro Social de Hogares (RSH).

¿Tienes dudas? ¡Conversemos!